▷ Factura electrónica obligatoria: a quién afecta y cuándo entra en vigor

Factura electrónica obligatoria: a quién afecta y cuándo entra en vigor

Factura electrónica obligatoria

 

La Ley Crea y Crece, vigente desde octubre de 2022, introdujo la obligatoriedad de la factura electrónica para empresarios y profesionales. Es crucial prepararse para esta medida, ya que su desarrollo reglamentario está en marcha y, con él, se iniciará el plazo para adaptarse a esta nueva normativa.

 

En este artículo, te explicamos qué es la factura electrónica obligatoria, a quién afecta y cuándo comenzará a aplicarse.

¿Qué dice el reglamento de la factura electrónica?

La factura electrónica obligatoria es una de las medidas introducidas en el marco de la Ley Crea y Crece, una normativa que entró en vigor en septiembre de 2022 y que, entre otras cosas, promueve la digitalización de las transacciones entre empresarios y profesionales. Además, esta ley instó al legislador a desarrollar reglamentariamente los requisitos técnicos y la información necesaria que debe incluirse en la factura electrónica, teniendo en cuenta los estándares globales actuales para facilitar la adaptación y cumplimiento de las empresas que ya utilizan facturas electrónicas estructuradas.

 

Como resultado de este mandato, el 15 de junio se publicó el borrador del proyecto de Real Decreto que desarrolla la Ley 18/2022 de creación y crecimiento de empresas en lo relacionado con la factura electrónica entre empresas y profesionales. Una vez aprobado este desarrollo legal, que aún puede sufrir modificaciones, se establecerá el plazo para que empresarios y profesionales de toda España se adapten al nuevo sistema de emisión de facturas electrónicas y aprendan cómo hacer facturas electrónicas.

 

El objetivo principal de la factura electrónica obligatoria es reducir la morosidad, uno de los grandes problemas de liquidez y rentabilidad para muchas empresas, especialmente para las pymes. El formato digital garantiza una mayor trazabilidad y control de pagos entre empresarios y profesionales. En este sentido, el futuro reglamento permitirá a la Agencia Tributaria extraer “información estadística de las facturas electrónicas remitidas al sistema público de facturación electrónica” y “monitorizar el cumplimiento de la normativa sobre morosidad comercial”.

 

Esta información se transmitirá, “al menos, al Observatorio Estatal de la Morosidad Privada”, que publica anualmente un listado de empresas que han incumplido los plazos de pago.

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¿Cuándo va a ser obligatoria la factura electrónica entre empresarios y profesionales?

Aún no hay una fecha exacta para la entrada en vigor de la facturación electrónica obligatoria. La Ley Crea y Crece, que empezó a aplicarse el 19 de octubre de 2022, exceptúa su artículo 12, el cual establece esta nueva obligación para empresarios y profesionales.

 

Específicamente, la implementación de la facturación electrónica se realizará de la siguiente manera:

  • Para empresarios y profesionales con una facturación anual superior a 8 millones de euros, será obligatorio en el plazo de un año a partir del desarrollo reglamentario.
  • Para el resto de empresarios y profesionales, el periodo de adaptación será de dos años desde la aprobación de dicho reglamento.
  • Por lo tanto, desde las fechas aún por determinar, todos los empresarios y profesionales en España deberán ajustarse a los requisitos de la nueva ley.

Todo indica que el reglamento de la Ley Crea y Crece se aprobará definitivamente a lo largo de este año. Así que, si te preguntas quién estará obligado a facturar electrónicamente en 2023, la respuesta es que esta medida, debido a los plazos legales establecidos, no se implementará durante este año.

¿Quién está obligado a presentar la factura electrónica?

La Ley Crea y Crece amplía el uso obligatorio de la facturación electrónica en transacciones entre empresarios y profesionales.

 

Esto implica que tanto las empresas como los autónomos estarán obligados a emitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros negocios y profesionales (B2B), comenzando por aquellos que facturen más de 8 millones de euros anuales.

 

En un plazo de dos años desde la entrada en vigor del reglamento de la Ley Crea y Crece, todo el sector privado en España deberá adoptar la facturación electrónica obligatoria para sus transacciones B2B. Por el momento, esta obligación no se extenderá a las relaciones con consumidores o clientes finales (B2C).

 

Hay una excepción a esta regla: no será aplicable cuando una de las partes de la operación no tenga su sede de actividad económica en España, ni un establecimiento permanente al que se dirija la facturación, o si el domicilio o residencia habitual está fuera del territorio español.

 

Además, el reglamento excluye ciertos tipos de facturas de esta obligación, tales como:

  • Las facturas simplificadas.
  • Las facturas no obligatorias.

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